sábado, 4 de abril de 2015

17 de Febrero del 2015 - Canon Digital y Derechos de Autor

Canon Digital y Derechos de Autor



17 de Febrero del 2015 - Canon Digital y Derechos de Autor 
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Canon Digital

Canon Digital es prácticamente la piratería de una obra literaria, artística, musical, científica o didáctica. Con este canon el estado dice que por comprar cualquier equipo digital te convierte en un pirata y por lo tanto tienes que pagar un impuesto para compensar a los artistas a los que estás dañando y, como consecuencia, todo lo que compres te va a salir más caro.
Aplica a diversos medios de grabación y cuya recaudación reciben los autores, editores, productores y artistas, asociados a alguna entidad privada de gestión de derechos de autor, en compensación por las copias que se hacen de sus trabajos en el ámbito privado.
Regula la pretensión compensatoria resultante de una afectación del derecho patrimonial de autores, editores, artistas, productores audiovisuales y fonográficos, cuando el comprador realiza copias para uso privado. La Ley obliga a ejercitar el cobro a través de las entidades de gestión colectiva (SGAE, AIE y AGEDI). Por ello se le denomina un "derecho de remuneración de gestión colectiva forzosa".
La Ley de Propiedad Intelectual considera responsables solidarios del pago de la remuneración a los distribuidores, mayoristas y minoristas sucesivos adquirentes, si en la factura de sus proveedores no aparece desglosado el importe de la remuneración.
Ley sinde
Ley que permite que un grupo de personas dependientes del Ministerio de Cultura (una comisión cultural o comisión de propiedad intelectual), tengan la potestad de cerrar páginas web que, de acuerdo a su propio criterio, vulnere los derechos propiedad intelectual previa autorización de los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo

Grupo 1: equipos de grabación
Categoría - Cuantía
Grabadora CD ……………………………… 0,60 €
Grabadora CD/DVD……………………… 3,40 €
Grabadora DVD de sobremesa …………3,40 €
Discos duros no excluidos………………2,00 €
Grabadora de TV sobre disco duro……12,00 €
MP3………………………………………….3,15 €
MP4………………………………………….3,15 €
Teléfono móvil con MP3………………….1,10 €
Grupo II: Soportes de grabación
Categoría - Cuantía
Soporte CD-R……………..0,17 €
Soporte CD-RW………….0,22 €
Soporte DVD-R …………..0,44 €
Soporte DVD-RW………..0,60 €
Memoria USB/Flash…….0,30 €
Grupo III: Equipos multifunción y copiadoras
Categoría - Cuantía
Multifunción de inyección de tinta....7,95 €
Multifunción láser…………………………10,00 €
Escáner ……………………………………9,00 €
Copiadoras hasta 9 ppm…………………13,00 €
Copiadoras de 10 a 29 ppm…………..127,70 €
Copiadoras de 30 a 49 ppm…………..169,00 €
Copiadoras de 50 a 69 ppm…………..197,00 €
Copiadoras de 70 ó más ppm……….227,00 €

Derechos De Autor


Derechos de Autor

Es un conjunto de normas jurídicas y principios que afirman los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores con respecto a la creación de una obra literariaartísticamusicalcientífica o didácticaesté publicada o inédita.
Está reconocido como uno de los derechos humanos fundamentales en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
En el derecho anglosajón se utiliza la noción de copyright (traducido literalmente como ‘derecho de copia’) que —por lo general— comprende la parte patrimonial de los derechos de autor.
Una obra pasa al dominio público cuando los derechos patrimoniales han expirado. Esto sucede habitualmente trascurrido un plazo desde la muerte del autor. El plazo mínimo, a nivel mundial, es de 50 años y está establecido en el Convenio de Berna. Una vez pasado ese tiempo, dicha obra entonces puede ser utilizada en forma libre, respetando los derechos morales.
Aunque en ciertos países los derechos de autor no existen ya que dicen en dicho país que todo es de derecho público.

¿Que se necesita para tener la protección del Derecho de Autor?
La protección que se concede al autor nace desde el mismo momento en que crea la obra, sin que para ello se requiera cumplir con formalidad jurídica alguna, es decir, que el ejercicio y goce del derecho de un autor sobre su obra no está condicionado a que se registre la obra. En suma, con la sola expresión del autor en el campo literario o artístico, la obra se encuentra protegida contra cualquier forma de utilización o explotación. No obstante lo anterior, el registro de derechos de autor, se constituye en un importante medio probatorio.

¿Que son los Derechos Morales y los Derechos Patrimoniales de Autor?
El derecho de autor se divide en dos derechos que le conceden al autor facultades diferentes, habida consideración que el derecho de autor es un derecho especial, teniendo en cuenta que si bien dispone de prerrogativas similares a la propiedad común sobre las cosas, también dispone de prerrogativas personales, inherentes al autor.

¿En dónde se registra una obra literaria o artística?
Se debe acudir a la Dirección Nacional de Derecho de Autor del Ministerio del interior y diligenciar un formato que permite inscribir la obra en el registro Nacional de Derecho de autor. 

Para mayor información puede dirigirse a la siguiente dirección de Internet: www.derechodeautor.gov.co

OPINIÓN:

Estoy de acuerdo y al mismo tiempo no con el canon digital ya que tomar las ideas de otras personas para ganar a costa de ellos me parece algo injusto entonces me parecen justas los impuestos que se le dan. Pero lo malo es que se incrementa el costo de artículos como móviles, CD-S, Grabadoras, Cámaras, entre otros artículos los cuales  tendrán un valor más caro.

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